Tribunal de la ONU deja abierta la posibilidad de pago de indemnizaciones a países afectados por el cambio climático

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) dictaminó (el miércoles 23 de julio) que los Estados que violen sus obligaciones climáticas cometen un acto “ilícito” y pueden estar obligados a pagar indemnizaciones a los países más afectados por el calentamiento global.

Este dictamen de la más alta instancia judicial de la ONU sobre las obligaciones legales de los países para frenar los efectos del cambio climático y la responsabilidad económica, es, para muchos expertos, un punto de inflexión para litigios en todo el mundo.

“Las consecuencias del cambio climático son graves y tienen un gran alcance: afectan tanto a los ecosistemas naturales como a las poblaciones humanas. Estas consecuencias ponen en relieve la amenaza urgente y existencial que supone el cambio climático”, declaró el presidente del tribunal, Yuji Iwasawa, al inicio de la audiencia en La Haya.

El tribunal concluyó por unanimidad que la “violación” de las obligaciones climáticas por parte de un Estado constituye “un acto internacional ilícito”, susceptible de dar lugar a indemnizaciones a los países afectados, en determinadas condiciones y según cada caso.

“Las consecuencias jurídicas derivadas de la comisión de un acto internacional ilícito pueden incluir (…) la reparación íntegra del perjuicio sufrido por los Estados lesionados en forma de restitución, indemnización y satisfacción”, declaró el juez Iwasawa.

Sin embargo, los magistrados agregaron que debe establecerse una relación causal directa y cierta “entre el acto ilícito y el perjuicio”, lo cual, aunque difícil de demostrar ante un tribunal, “no es imposible”.

Este dictamen de 140 páginas es de carácter consultivo y no vinculante, pero al ser emitido por la máxima autoridad judicial de la ONU, establecerá una interpretación jurídica sólida para guiar futuras acciones o decisiones judiciales de todo el mundo, en términos de justicia climática.

Fuente: ONU / TN