Ante un pedido formal de acceso a la información pública ambiental presentado por la Asociación Civil Orembae, el Ministerio de Ecología informó que no existe ningún estudio ni declaración de impacto ambiental sobre la obra. “En consecuencia, las afirmaciones de ‘impacto mínimo’ que vienen difundiendo la COMIP y los promotores del proyecto carecen de todo sustento técnico y legal”, sostiene, en un comunicado, la organización ambiental.
Orembae informó que, “en el marco del intenso debate mediático reabierto en torno a la construcción de la represa hidroeléctrica Corpus Christi en el emplazamiento de Pindo-í, ha obtenido respuesta oficial del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de la Provincia de Misiones a su pedido de acceso a la información pública ambiental [Expediente N.°9910-114/2026 fecha de respuesta 29/05/2026]”.
La respuesta a esa solicitud es contundente. “El proyecto no cuenta con ninguna Evaluación de Impacto Ambiental. No existe estudio de impacto ambiental presentado por el proponente, no existe dictamen técnico de la autoridad ambiental, no se ha celebrado audiencia pública ni instancia alguna de participación ciudadana, y no se ha emitido Declaración de Impacto Ambiental”, advierte Orembae. “En términos jurídicos, la dimensión ambiental de la obra nunca fue evaluada por el procedimiento que la ley exige”, agrega.
Sin fundamento
Durante los últimos meses, voceros de la Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná (COMIP) y diversos promotores del proyecto han presentado como un hecho establecido que la represa tendría un “impacto ambiental mínimo”, que afectaría “pocas hectáreas” y “pocas familias”, y que su diseño “confinado” no dañaría la Selva Paranaense. “Estas afirmaciones se repiten en conversatorios, notas y exposiciones, y se utilizan para impulsar un nuevo plebiscito”, indica el comunicado.
Orembae hace notar que “tales afirmaciones son falsas y técnicamente improcedentes. Nadie puede afirmar legítimamente que un impacto será “mínimo” cuando ese impacto jamás fue medido por el único instrumento idóneo para determinarlo: la Evaluación de Impacto Ambiental”.
“Sostener una conclusión sobre la magnitud del daño sin haber realizado el estudio que precisamente sirve para conocerlo no es ciencia ni ingeniería: es propaganda”, afirma, determinante, la organización ambiental. “Se está dando por probado, de antemano, aquello que solo una evaluación seria, independiente y participativa podría establecer. Un estudio de prefactibilidad —el documento que invocan los promotores— no es ni puede sustituir a una Evaluación de Impacto Ambiental. Son instrumentos de naturaleza, finalidad y exigencia legal completamente distintas”, explica.
Un estudio de prefactibilidad —el documento que invocan los promotores— “no es ni puede sustituir a una Evaluación de Impacto Ambiental. Son instrumentos de naturaleza, finalidad y exigencia legal completamente distintas”, aclara.
La ley es clara: primero se evalúa, después se decide
La Ley General del Ambiente (Ley N.° 25.675) establece que la Evaluación de Impacto Ambiental es un requisito previo y obligatorio para toda obra susceptible de degradar el ambiente, e impone la participación ciudadana informada como condición de validez de las decisiones.
El Acuerdo de Escazú (Ley N.° 27.566) y el artículo 41 de la Constitución Nacional refuerzan el derecho de todos los habitantes a acceder a la información ambiental antes de que se adopten decisiones que los afecten.
Por eso, indica Orembaé, “resulta inadmisible que se pretenda someter a la población misionera a un nuevo plebiscito sobre una obra cuyos impactos el propio Estado reconoce no haber evaluado. No puede haber consulta informada sin información”.
La organización ambiental sostiene que “se está invirtiendo el orden que la ley impone: se busca arrancar el consentimiento ciudadano antes de producir —y poner a disposición del pueblo— la información ambiental que es presupuesto de toda decisión legítima”.
Además, destaca, “frente a un ecosistema crítico como la Selva Paranaense —remanente más importante de la Mata Atlántica en la Argentina y refugio de una porción decisiva de la biodiversidad del país— rige el principio precautorio: ante el peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de certeza científica no habilita a avanzar, sino que obliga a abstenerse. La inexistencia de Evaluación de Impacto Ambiental no juega a favor del proyecto: juega en su contra”.
En ese marco, Orembae reclama:
- Que cese la difusión de afirmaciones sobre supuestos “impactos mínimos” que carecen de todo respaldo técnico y legal.
- Que se respete la vigencia de la decisión popular de 1996 y el marco normativo provincial que prohíbe la represa.
- Que no se convoque a ningún plebiscito mientras no exista información ambiental completa, independiente y de acceso público sobre el proyecto.
- Que se garantice plenamente el derecho de acceso a la información pública ambiental de toda la ciudadanía.
“Nos dijeron durante meses que el impacto sería mínimo. Pedimos los estudios y la respuesta del propio Estado fue que no existe ninguna evaluación ambiental. No discutimos cifras: denunciamos que esas cifras nunca se midieron. No se le puede pedir a Misiones que vuelva a votar sobre una represa a ciegas”, expresó el abogado Martin Ferroni, representante legal de la asociación.
TExto: Asociación Civil Orembae.
Foto: Diario el Territorio.