Presentan amparo colectivo en Misiones contra la limitación de oradores en audiencia por Ley de Glaciares

La Asociación Civil Orembaé, con sede en Posadas, presentará un amparo contra la decisión de la Cámara de Diputados de la Nación por la acción de limitar la lista de oradores en la Audiencia Pública, prevista para el 25 y 26 de marzo, por la modificación de la Ley de Glaciares 26.639. “Se trata de un amparo colectivo para todos los que se hayan inscripto en la audiencia y que hayan declarado domicilio en la provincia de Misiones”, anunció el abogado Martín Ferroni, presidente de la organización ambiental.

La demanda surge tras la decisión de los presidentes de las comisiones de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano y Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados de la Nación, de limitar el derecho a la palabra únicamente a los “primeros inscriptos de cada jurisdicción”, forzando al resto de los miles de ciudadanos anotados a participar mediante ponencias escritas o videos pregrabados en YouTube. Desde Orembaé se considera que esta medida constituye un filtro discriminatorio que vulnera el Acuerdo de Escazú y la Constitución Nacional.

Al respecto, Ferroni declaró que “la utilización del orden de llegada como guillotina participativa es una discriminación por motivos de fortuna y acceso tecnológico encubierta”, e hizo notar que “la celeridad informática o la disponibilidad de tiempo en las primeras horas de apertura de un registro no constituyen categorías razonables para administrar el goce de derechos ambientales”.

El abogado enfatizó que la supuesta “imposibilidad material” alegada por el Congreso para escuchar a todos los oradores es, en realidad, una falta de voluntad política: “El déficit de infraestructura y la desidia logística del Congreso no pueden erigirse como causas para aniquilar un derecho humano. La solución ante una alta demanda democrática no es achicar el padrón de hablantes, sino ampliar la capacidad receptiva del Estado”, señaló.

Finalmente, sobre la sustitución de la palabra oral por videos o escritos, el letrado advirtió: “Reemplazar a la persona física por un video pregrabado transfigura la audiencia deliberativa en un repositorio de archivos digitales, vaciando de contenido la exigencia de un intercambio efectivo. El ciudadano es degradado de sujeto político participativo a mero generador de contenido audiovisual”.

El amparo se presentará en el Juzgado Federal de Posadas.