Con un proyecto propio, La Pampa busca frenar la extranjerización de su territorio

El gobernador de La Pampa, Sergio Ziliotto, envió a la Cámara de Diputados un proyecto de Ley Provincial de Tierras Rurales. La iniciativa busca regular el mercado inmobiliario rural y proteger el territorio ante el vacío normativo generado por el Gobierno nacional tras intentar derogar la Ley Nacional 26.737.

La propuesta pampeana prohíbe la venta a extranjeros de campos con recursos estratégicos o en áreas protegidas, e impide que Estados o empresas estatales extranjeras sean titulares de tierras rurales.

Respaldado en los artículos 121 y 124 de la Constitución Nacional —que consagran el dominio originario de las provincias sobre sus recursos naturales—, el proyecto fija un tope estricto de extranjerización del 15% a nivel provincial y departamental, con un máximo del 30% para una misma nacionalidad. Asimismo, establece límites de tenencia de entre 1.000 y 20.000 hectáreas, según la productividad de cada zona.

Frente a las políticas nacionales de desregulación, La Pampa alinea su marco jurídico con los estándares de protección vigentes en países como Brasil, Canadá o Suiza, reafirmando la función social de la propiedad y la preservación ambiental.

Puntos clave del proyecto

  • Prohibición estratégica: Impide de forma absoluta la venta a extranjeros de hectáreas que incluyan ríos, acuíferos, lagunas, humedales o bosques nativos, así como tierras en áreas protegidas.
  • Inhabilitación a Estados extranjeros: Restringe la titularidad a personas jurídicas con participación estatal extranjera o a gobiernos de otros países.
  • Límites de superficie: Establece topes a la tenencia rural para extranjeros de entre 1.000 y 20.000 hectáreas, en función del valor productivo del suelo.
  • Tope a la extranjerización: Ningún departamento ni la provincia podrán superar el 15% de tierras en manos extranjeras, ni concentrar más del 30% de ese total en una sola nacionalidad.
  • Fundamento jurídico: Se ampara en los artículos 121 y 124 de la Constitución Nacional (facultades provinciales no delegadas y dominio originario de recursos) y en los artículos 18 y 33 de la Constitución de La Pampa, que ordenan preservar el ambiente y priorizar el bienestar comunitario por sobre el interés individual.

Excepciones para residentes y supuestos especiales

Personas humanas extranjeras excluidas de los límites:

  • Cuenten con al menos 10 años de residencia continua y acreditada en el país.
  • Tengan hijos argentinos y acrediten 5 años de residencia continua.
  • Tengan matrimonio o unión convivencial con un ciudadano/a argentino/a con un mínimo de 5 años de antigüedad y residencia equivalente.

Ciudadanos por inversión:

  • Aquellas personas extranjeras naturalizadas que acrediten 2 años de residencia continua e inversión ante el Registro Provincial de Tierras Rurales podrán adquirir hectáreas sin los límites de superficie previstos en la norma.

Estándar e integración internacional

Esta iniciativa toma como referencia la derogada Ley 26.737 y sitúa a La Pampa en sintonía con legislaciones internacionales que restringen o regulan la venta de suelo rural a capitales extranjeros, como ocurre en Brasil, Uruguay, México, Canadá, Estados Unidos, Suiza, Austria, Australia y Nueva Zelanda, entre otros.