El presidente honorario de la Fundación Servicio Paz y Justicia (SERPAJ) y Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, envió una nota, con fecha 12 de abril de 2024, a la ministra de Derechos Humanos de Misiones, Karina Aguirre, expresando “preocupación por la situación que atraviesan distintas comunidades Mbyá guaraní de la provincia y especialmente en este caso la Comunidad Tataendy”, de Colonia Mado, cuyo cacique Néstor Fabián Benítez denunció, días atrás, el incendio y destrucción completa de la casa donde vivía junto a su familia.
“La Comunidad Tataendy está ubicada dentro del territorio de la Comunidad Yychyry y relevada en el marco de la Ley 26.160 de emergencia territorial indígena, la cual, entre otras cosas, prohíbe desalojos”, recuerda la nota de Pérez Esquivel a Karina Aguirre. “Como usted habrá tomado conocimiento -continua-, se produjo un gravísimo hecho de violencia contra la familia del mburuvicha de la comunidad, Néstor Fabián Benítez. Quien además de soportar presiones y amenazas de una mujer de nombre Graciela Martínez, que se dice dueña, posteriormente al incendio de su casa, a la noche, el muruvicha debió soportar también los malos tratos de la policía que acompañaban a esta mujer”.
En ese marco, en el escrito el Premio Nóbel de la Paz indica que “ha habido varias situaciones de amenazas y violencia contra las comunidades Mbyá, y sentimos que existe no sólo discriminación contra las mismas, sino también amenazas y abuso de poder por parte de la policía de la provincia lo que constituye violencia institucional y que se traduce en tratos crueles, los que están prohibidos por la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes que forman parte de la Constitución Nacional (art. 75 inc. 22) y de criollos que se arrogan la propiedad del territorio de dichas comunidades, lo que pudiera llegar a constituir un delito”.
Pérez Esquivel solicita a Karina Aguirre que “por parte de su Ministerio exista un trabajo de información, concientización y respeto por parte de la policía provincial hacia estas comunidades que viven en forma pacífica y cuyos territorios, la mayoría, cuentan con el relevamiento jurídico catastral de acuerdo con la Ley 26.160, que se encuentra en vigencia”.
“Los derechos indígenas, son también derechos humanos y deben ser respetados garantizados, debido al reconocimiento constitucional y convencional que tienen (art. 75 inc. 17 y 22), y también a través del reciente reconocimiento de la ley 4000 por parte de la Provincia de Misiones”, concluye el escrito.